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La Superintendencia de Bancos y Seguros a través de la Intendencia Nacional del Sistema de Seguro Privado pone a disposición del público en general, los ramos autorizados a las Empresas de Seguros y Compañías de Reaseguros debidamente constituídas o establecidas en el país para emitir pólizas de seguros (contratos de seguro) y contratos de reaseguros, respectivamente.
Se detalla los ramos que son relativos a riesgos con características o naturaleza semejantes. En este sentido se habla de ramo de vida, ramo de vehículos, ramo de incendios y líneas aliadas, etc.
La Intendencia Nacional del Sistema de Seguro Privado mediante circular No. INSP-2005-012 de 28 de marzo de 2005, pone en conocimiento del mercado asegurador ecuatoriano la clasificación de riesgos y su instructivo, y en aplicación de la referida circular se especifica el archivo dividido por ramos de: Vida, Asistencia Médica, Accidentes Personales, Incendio y líneas aliada, Riesgos Técnicos, Fianzas, etc. Esta información tendrá una actualización periódica.
Cualquier información adicional sobre esta clasificación favor contactarse con la Subdirección Técnica de la Intendencia Nacional del Sistema de Seguro Privado.
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